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Seguridad personal

La página de seguridad del personal detalla el proceso de verificación del personal de la NCUA, los formularios y enlaces aplicables, los requisitos de investigación, y los requisitos de informes para los candidatos, los empleados, los contratistas y los pasantes. La página también detalla las declaraciones pertinentes, como la Ley de Privacidad y el uso de huellas dactilares.

Descripción general del proceso de verificación

El Programa de Seguridad e Idoneidad del Personal (PERSEC) de la National Credit Union Administration (NCUA) administra las responsabilidades y los requisitos de procedimiento para las investigaciones, las adjudicaciones de idoneidad, las determinaciones de aptitud y las determinaciones de las autorizaciones de seguridad de los empleados, postulantes, personas designadas, contratistas y filiales. PERSEC examina a todo el personal antes de dar acceso a instalaciones, sistemas o información privada, y mediante una investigación continua.

El proceso de verificación de seguridad del personal comienza con la designación de riesgo y sensibilidad de la descripción del puesto o del contrato de trabajo. Este proceso busca estandarizar el proceso de evaluación del nivel de investigación necesario en todo el gobierno. Una vez finalizado, la oficina puede anunciar la vacante y seleccionar un candidato para el puesto o el contrato. Luego de contratar o seleccionar provisionalmente a una persona para un puesto, el paquete de procesamiento con los formularios de verificación correspondientes se envía a la Oficina de Seguridad del Personal o PERSEC. PERSEC notificará al candidato, empleado o contratista los próximos pasos del proceso. Las acciones del candidato incluyen la toma de huellas dactilares y completar el cuestionario de seguridad a través del sistema NBIS.

Una vez finalizadas ambas acciones, el proceso pasa a la fase provisional de adjudicación y resolución de problemas. Un árbitro de la NCUA revisará toda la información presentada y los resultados de las verificaciones previas al empleo (es decir, verificación del historial crediticio, antecedentes penales, autorización de trabajo, etc.) para determinar si el empleado solicitante o contratista es apto o está en condiciones de trabajar para la NCUA o en su nombre. Si se identifican problemas, el árbitro se comunicará con el solicitante para resolverlos. Luego, la persona puede presentar información adicional por escrito para que el árbitro la considere.

Si se toma una decisión favorable, se enviará una notificación a la oficina remitente indicando que la persona está autorizada para ser contratada. La investigación de antecedentes se programa, si es necesario, a través de nuestro proveedor de servicios, la Agencia de Seguridad y Contrainteligencia de Defensa. Una vez finalizada la investigación, los árbitros de la NCUA la revisarán y tomarán una decisión final. Si se identifican problemas, también se pueden resolver en este momento. Si se toma una decisión favorable, la persona pasa a un examen continuo con el requisito de una nueva investigación.

Si se toma una decisión desfavorable, ya sea en la fase de adjudicación provisional o final, la persona no puede trabajar para la NCUA o en su nombre y debe ser destituida. Si a la persona se le otorgó un período provisional favorable, será destituida.

Proceso de examen provisional

Los postulantes y contratistas deberán completar la documentación necesaria para iniciar el proceso de selección. Para permitir la entrada en funciones, el PERSEC debe emitir una determinación de confianza preliminar o provisional tras recibir y revisar favorablemente la documentación y el cuestionario de seguridad, las huellas dactilares y otros controles previos a la contratación. Los pasos del proceso dependen del puesto o contrato que tendrá la persona.

Si se identifica información despectiva, tal como se define en las directrices aplicables, el PERSEC de la NCUA enviará correspondencia por email a la persona para darle la oportunidad de abordar las inquietudes. El PERSEC de la NCUA considerará toda la información disponible antes de tomar una decisión provisional.

Requisito de investigación de antecedentes

Toda persona que busque empleo en la NCUA se someterá a una investigación de antecedentes, cuyo nivel dependerá del puesto o contrato. Nuestro proveedor de servicios de investigación, la Agencia de Defensa, Contrainteligencia y Seguridad (DCSA), procesará la investigación de antecedentes completa, y el alcance de la investigación variará según la naturaleza del puesto o contrato que ocupe el personal solicitante o contratista en la NCUA y los requisitos de acceso a las instalaciones, los sistemas o la información. Cuando se requiera una investigación de antecedentes, PERSEC proporcionará el enlace al sistema eApp de la DCSA para completar los formularios de investigación apropiados. El acceso al sistema eApp es solo por invitación. Para obtener más información sobre el proceso de antecedentes de la DCSA, visite Investigations & Clearance Process (dcsa.mil).

Consejos útiles

  • Revise los correos regularmente y preste atención a los plazos informados.
  • Sea honesto durante todo el proceso. Mentir sobre su conducta puede ser peor que la conducta misma.
  • Si lo contactan en relación con información despectiva, esta es SU oportunidad de proporcionar al PERSEC información adicional ANTES de que se realice una adjudicación provisional o final.

Fase final de resolución

Una vez finalizada la investigación de antecedentes, la información recopilada es evaluada por árbitros capacitados que evalúan los antecedentes de la persona según las normas predeterminadas por las normas federales (p. ej., las directrices de adjudicación). La NCUA determinará su idoneidad o aptitud antes de permitir que las personas trabajen como empleados federales o contratistas de la NCUA. Si el puesto solicitado es un puesto delicado relacionado con la seguridad nacional o requiere acceso a información clasificada de seguridad nacional (es decir, una autorización), la NCUA también adjudicará la investigación de antecedentes según esas normas.

Al igual que en el proceso provisional, si la NCUA identifica información negativa relacionada con los estándares de verificación de personal, la NCUA podrá dar una oportunidad para responder por correo escrito. La NCUA utiliza el concepto holístico de "persona completa" durante la adjudicación de todas las investigaciones de antecedentes. Esto implica tener en cuenta cada dato relativo a los antecedentes personales y profesionales al tomar determinaciones de adjudicación y, al mismo tiempo, equilibrar la necesidad de proteger y promover la eficiencia del servicio federal.

Preguntas frecuentes

Aquí encontrará las respuestas a preguntas comunes sobre cómo llenar los formularios de eApp y el proceso de investigación.

Preguntas frecuentes sobre cómo completar formularios en eApp

¿Qué es "Otros nombres usados"?

"Otros nombres usados" son nombres por los que se le conoce o se le conoció, además de su apellido de soltera, nombres usados en matrimonios anteriores, apodos o un nombre que prefiera usar y que no sea legal.

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¿Qué pasa si no encuentro mi pasaporte y no tengo el número?

Debe hacer todo lo posible por proporcionar su pasaporte actual. Si se ha extraviado y no puede localizarlo, no envíe el eApp hasta que obtenga la información solicitada. Si lo ha perdido, puede entrar a https://travel.state.gov para obtener instrucciones sobre cómo reemplazar su pasaporte. También puede comunicarse con el PERSEC si ya ha completado un cuestionario con la NCUA para obtener información previa.

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¿Quién puede verificar mi residencia, educación o empleo?

Para su residencia, educación o empleo, NO use a un familiar, conviviente o empresa de gestión como verificador. Debe ser una persona real que no sea su pariente. PUEDE usar el nombre completo y la información de contacto de un vecino, amigo, compañero de estudios, supervisor o administrador como verificador. NOTA: Un familiar solo puede verificar sus períodos de desempleo.

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¿Puedo poner una casilla de correo como dirección postal?

No. Debe dar la dirección real de todos los verificadores y ubicaciones. La dirección de la escuela suele buscarse en Google. Puede usar la dirección de su empleador como verificador si el domicilio no se conoce.

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Terminé mi educación hace muchos años. ¿Solo tengo que incluir lo que he completado en los últimos 7 años?

No. La pregunta tiene dos partes. Debe informar cualquier educación que haya recibido en los últimos 5 o 7 años, según el formulario que esté llenando, sin importar si se le otorgó un título. Pero también debe incluir las instituciones en las que se le otorgó un título sin importar el período, además de las instituciones en las que está inscrito o a las que ha asistido en los últimos 5 o 7 años.

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¿Cómo identifico ser jubilado, estudiante o cuidador a tiempo completo?

Ingrese esta actividad como "Desempleo". Puedes añadir un comentario a la actividad para explicar si era jubilado, alumno o cuidador. Nota: Los períodos de desempleo y empleo no pueden superponerse.

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Tuve mi propio negocio en los últimos 7 años y no tenía un supervisor. ¿Quién puede verificar mi trabajo autónomo?

No puede autoverificarse ni usar a un familiar para verificar su trabajo por cuenta propia; puede usar a un compañero de trabajo, cliente o amigo.

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Mi servicio federal anterior ocurrió hace más de 7 años. ¿Debo ingresar esa información?

Sí. Ingrese toda la información sobre servicio federal anterior, independientemente del período.

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¿Cómo sé si tengo un número de Servicio Selectivo?

Esta pregunta aplica para personas nacidas después del 31 de diciembre de 1959 cuyo sexo al nacer sea masculino. Puede verificar su número del Servicio Selectivo en Verificar registro | Sistema de Servicio Selectivo.

Si es menor de 26 años y nació como hombre, revise los requisitos para registrarse en: Quién debe registrarse | Sistema de servicio selectivo.

Si tiene más de 26 años, nació como hombre y no se ha registrado, revise los requisitos Hombres de 26 años o más | Sistema de servicio selectivo.

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¿Puedo usar a mi primo como "Alguien que me conoce bien"?

No. No use a un familiar o un cohabitante como alguien que lo conoce bien. Si es posible, coloque a alguien que no haya sido mencionado como verificador en el formulario.

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Tengo suegros y/o hijos que residen conmigo. ¿Los identifico como convivientes?

No. Solo incluya a estos familiares en la categoría Parientes en la sección 18; si los incluye como cohabitantes, será necesario que también proporcione su SSN.

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Mis hijos adultos no viven conmigo y no me vinculo con mi familia política, ¿debo incluirlos en la sección Parientes?

Sí. Todos los miembros de la familia identificados en "Marque todo lo que corresponda" deben figurar en el formulario (incluidos los fallecidos). Esto incluye toda la información conocida sobre su suegra y su suegro. Si está separado de su cónyuge, pero no divorciado, su información igualmente es necesaria.

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Tengo una tarjeta de marihuana medicinal o mi estado la despenalizó. ¿Debo incluir mi uso en la sección Uso ilegal de drogas?

Sí. La pregunta se aplica al uso de drogas ilegales o sustancias controladas de acuerdo con las leyes federales, aunque lo permitan las leyes estatales. La marihuana se clasifica como sustancia controlada en el Anexo I de la Ley de Sustancias Controladas.

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Tengo dudas sobre elementos de mis antecedentes. ¿Puedo hablar con alguien antes de enviar el formulario?

Sí. Escriba a PersonnelSecurity@NCUA.gov y resuma la situación o inquietud o solicite que lo contacte un especialista del PERSEC para obtener ayuda.

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Preguntas frecuentes sobre la investigación de antecedentes

Un investigador me contactó por email, teléfono y/o mensaje de texto. ¿Esto es normal?

Sí, los investigadores que investigan la seguridad del personal o los antecedentes de idoneidad pueden llamarlo, enviarle correos electrónicos o mensajes de texto para programar entrevistas u obtener más información después de la entrevista inicial. Además, los investigadores pueden hacer entrevistas telefónicas, según la política de la DCSA.

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¿Cómo puedo comprobar que el investigador es quien dice que es?

Puede escribir al email PersonnelSecurity@NCUA.gov para comprobar que hay una investigación en curso. Sin embargo, el PERSEC no puede verificar al investigador. Visite el sitio web de la Agencia de Contrainteligencia y Seguridad de la Defensa (DCSA) para verificar a su investigador (dcsa.mil).

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¿Cómo informo una inquietud sobre un investigador de DCSA?

Puede presentar una queja en la línea directa de la Oficina del Inspector General de la DCSA si tiene alguna duda o problema con un agente especial o investigador. La queja puede ser sobre su investigador o el de otra persona (p. ej., si lo contactaron como fuente en la investigación de otra persona). La información de contacto está en el sitio web de DCSA Informe una inquietud.

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¿Qué tipos de controles incluye la investigación de antecedentes?

Hay diferentes niveles de investigación que se determinan según el puesto o el contrato. La mayoría de las investigaciones de antecedentes incluyen antecedentes penales, crediticios y laborales; verificación de educación; registros judiciales y referencias personales para cubrir varios aspectos de su vida. Para obtener más información, visite Investigations & Clearance Process (dcsa.mil).

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Actualmente estoy empleado y no le he dicho a mi supervisor actual que me voy. ¿Ustedes se comunicarán con mi supervisor?

Sí. Cuando la investigación llegue a la DCSA, la verificación de registros, ala obtención de cartas y las entrevistas pueden comenzar en cualquier momento. Si le preocupa mucho que contactemos a su empleador actual, debe enviar una notificación de inmediato a nuestra oficina al email PersonnelSecurity@NCUA.gov y copiar a su representante de la Oficina de Recursos Humanos o contratista. Una vez que se publique la investigación, nuestra oficina no puede hacer nada para impedir que las cartas, los investigadores, etc., realicen la investigación.

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¿Puedo obtener una copia de mi investigación cerrada?

Sí, puede solicitar una copia de investigaciones cerradas a través de la Oficina de Privacidad y FOIA de la DCSA visitando Access Your Records (dcsa.mil).

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¿Cuáles son las consecuencias si no divulgo información o proporciono información inexacta o incompleta durante la investigación de antecedentes o el proceso de adjudicación?

La investigación de antecedentes y todos los formularios y entrevistas asociados se recopilan para ayudar a evaluar su carácter y conducta, confiabilidad e integridad. Si proporciona información falsa a sabiendas durante este proceso, esto podría dar como resultado que usted se determine como inadecuado o no apto para el puesto, que se le niegue la elegibilidad para ocupar un puesto delicado de seguridad nacional o que se le niegue el acceso a información clasificada de seguridad nacional. Además, según el Título 18 de la Sección 1001 del Código de los Estados Unidos, falsificar u ocultar a sabiendas hechos materiales es un delito grave, en el que puede enfrentarse a multas de hasta $10,000 y/o 5 años de prisión.

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¿Qué sucede si hay discrepancias en mi investigación de antecedentes?

Si se encuentran discrepancias en su investigación de antecedentes que puedan llevar a una decisión desfavorable, el PERSEC de la NCUA se comunicará con usted para abordar las inquietudes identificadas. El PERSEC se comunicará con usted por escrito y su respuesta debe enviarse por escrito.

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¿Qué pasa si ya tengo una investigación cerrada? ¿Necesito otra?

Las investigaciones y adjudicaciones de otras agencias federales que cumplan o superen los requisitos del puesto actual se aceptarán recíprocamente siempre que sea posible para reducir las solicitudes de investigación, los costos asociados y las demoras innecesarias.

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Preguntas frecuentes sobre resoluciones e investigación continua

¿Cuáles son las directrices de adjudicación?

Las decsiones adjudicativas de idoneidad y aptitud física se procesan según el § 731.202 del Código 5 de Regulaciones Federales. Las decisiones de elegibilidad para acceder a información clasificada de seguridad nacional y/o para ocupar un puesto importante se procesan según la Directiva de Agentes Ejecutivos de Seguridad (SEAD) 4 de acuerdo con la Orden Ejecutiva 12968.

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¿Cuál es la diferencia entre una adjudicación provisional y una definitiva?

Se tomará una determinación provisional una vez que se haya recibido un paquete de procesamiento completo y se hayan realizado las verificaciones previas al empleo. Una determinación provisional permitirá a la persona empezar a trabajar para la NCUA o en su nombre y recibir una credencial, si corresponde.

Se tomará una decisión final después de recibir una investigación de antecedentes completa del proveedor de servicios de investigación, la Agencia de Defensa, Contrainteligencia y Seguridad (DCSA). La continuidad del empleo depende de que se mantenga esa decisión favorable.

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¿Puedo empezar con la NCUA antes de una adjudicación final?

Sí, en la mayoría de los casos una persona puede comenzar en su puesto o contrato tras una resolución provisional favorable. El PERSEC puede optar por retrasar la determinación provisional de una persona hasta que se complete la investigación.

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Tengo una autorización activa con un puesto anterior, ¿puedo transferirla a la NCUA?

Las autorizaciones de Seguridad Nacional se conceden según el puesto o contrato que ocupa una persona y no según la persona. Por lo tanto, si el puesto requiere una autorización de seguridad, la NCUA procesará un cambio o mejora si es necesario.

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Después de recibir una adjudicación final favorable, ¿qué pasa, si es que pasa algo?

Si se toma una decisión final favorable, estará sujeto a una evaluación continua. La evaluación continua implica verificar con regularidad sus antecedentes, lo que puede incluir realizar verificaciones adicionales o actualizadas en bases de datos comerciales y gubernamentales, y otra información legalmente disponible para los funcionarios de seguridad en cualquier momento para determinar si sigue cumpliendo con los requisitos de investigación de personal que rigen las normas federales. Las personas deben mantener una decisión favorable de idoneidad, aptitud física y/o seguridad nacional durante toda su permanencia en la NCUA.

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¿Qué es Rap Back?

Para los empleados, contratistas, pasantes u otras personas que necesitan acceder a instalaciones, sistemas o información de la NCUA, las huellas dactilares se registran en el Programa de Antecedentes de Arrestos y Enjuiciamientos de Próxima Generación (Rap Back) del FBI para denunciar información penal a la NCUA cuando se agreguen nuevos arrestos o información actualizada al sistema. El registro en el programa Rap Back no es opcional y terminará cuando una persona deje de trabajar para la NCUA.

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Requisitos de autoinforme

Seguridad personal

Los empleados y contratistas deben informar sin demora a OCSM cualquier circunstancia que pueda afectar su idoneidad, aptitud o determinación para seguridad nacional. La información porporcionada dentro de los 14 días naturales posteriores al evento normalmente se considerarán "inmediatos". La información, si bien es obligatoria, también es una cuestión de integridad personal y es preferible a que el incidente o cargo se descubra por otros medios.

A continuación se enumeran los incidentes y eventos de la vida que deben ser informados; sin embargo, esta lista no es exhaustiva. Si no está seguro de si debe informar un evento o no, comuníquese con la oficina de Seguridad del Personal al email PersonnelSecurity@NCUA.gov.

Ejemplos de actividades que se deben informar

  • Informar cualquier cambio o alteración conocida en el nombre legal (p. ej., por matrimonio, divorcio, etc.), fecha de nacimiento, lugar de nacimiento o número de seguro social;
  • Arrestos, independientemente de si se presentaron cargos o se desestimaron;
  • Drogas ilegales (ver nota más abajo);
  • Tratamiento relacionado con el alcohol o las drogas;
  • Problemas financieros, que incluyen quiebras, embargos, sentencias, morosidad de más de 120 días, embargos o desalojos;
  • Intento de obtención, explotación, chantaje, coacción o incitación para obtener información clasificada u otra información privada cuya divulgación esté específicamente prohibida por la ley sin importar los medios;
  • Acceso no autorizado a información, sistemas de información o información clasificada; y
  • Revelación no autorizada o manejo o almacenamiento inadecuados de información clasificada.

Nota: De acuerdo con la E.O. 1256, Lugar federal de trabajo libre de drogas, el término droga ilegal significa una sustancia controlada incluida en la Lista I o II, tal como se define en la sección 802 (6) del Título 21 del Código de los Estados Unidos, cuya posesión es ilegal en virtud del capítulo 13 de ese Título. La marihuana y el THC siguen siendo sustancias controladas según la CSA (ver puntos (d) (23) y (31)).

Amenaza interna

¿Qué es una amenaza interna?

Una amenaza interna es el riesgo potencial de que una persona que tiene o tuvo acceso autorizado a los recursos de la NCUA (instalaciones, información, equipos, redes o sistemas) haga un mal uso de ese acceso y afecte negativamente a la agencia. Este uso indebido del acceso puede ser intencional (por ejemplo, realizado con mala intención) o no intencional (por ejemplo, por negligencia). Los resultados de las amenazas internas pueden incluir, entre otros: comprometer activos críticos, violencia física, pérdida de ingresos o propiedad intelectual, fraude, comprometer datos confidenciales y/o poner en riesgo la reputación de la organización.

Consejos útiles

El mal uso del acceso por parte de un informante no tiene que ser intencional para causar daños. Los informantes que no son conscientes o no practican una ciberhigiene rigurosa pueden dañar a la agencia o incluso promover los objetivos de nuestros adversarios sin saberlo.

Reconocimiento de indicadores

Las personas en riesgo de convertirse en amenazas internas y las que causan daños importantes suelen mostrar señales o indicadores de alerta. Los posibles indicadores de riesgo incluyen una amplia gama de predisposiciones individuales, factores estresantes, acciones y conductas. Los factores estresantes personales surgen de situaciones que causan tensión en la vida personal o profesional de una persona. Si bien cualquier persona puede sufrir imprevistos en cualquier momento, los factores estresantes pueden convertirse en una amenaza interna. No todos estos indicadores serán evidentes en cada amenaza interna y no todos los que muestran estas conductas están haciendo algo mal. La notificación temprana permite al Programa de Amenazas Internas de la NCUA adoptar un enfoque multidisciplinario para evitar amenazas y posibles problemas antes de que surjan. Para obtener más información sobre los indicadores de riesgo conductuales, visite CDSE Indicators Job Aid.

Cómo informar inquietudes

Para protegerse contra las amenazas internas, la NCUA mantiene un programa proactivo y centrado en la prevención. Un programa eficaz puede proteger los activos críticos, impedir la violencia, contrarrestar los incidentes no intencionados, evitar la pérdida de ingresos o propiedad intelectual, evitar a vulneración de datos sensibles y prevenir el daño a la reputación de la organización, entre muchos otros posibles perjuicios. El recurso más importante de la NCUA para contrarrestar las amenazas internas son los propios intrusos. Todo el personal de la NCUA tiene la responsabilidad de proteger a la agencia y denunciar las actividades que puedan poner en riesgo la misión, la información, los recursos (incluido el personal) o las capacidades de la NCUA.

Si observa que alguien presenta alguno de los indicadores anteriores o que, en su opinión, representa un riesgo para la NCUA, para sí mismo o para otros, informe a su supervisor inmediato o directamente a la OCSM comunicándose con el gerente del Programa de Amenazas Internas o con el Liderazgo de la OCSM al email InsiderThreat@NCUA.gov..

Declaración de la Ley de Privacidad

Ley de Privacidad del FBI y Declaración sobre el uso de huellas dactilares

Uso de huellas dactilares

Como empleado de la NCUA, persona designada con una oferta condicional, contratista, estudiante u otra persona que solicite acceso a las instalaciones o la información de la NCUA y que sea objeto de una investigación nacional de antecedentes penales basada en huellas dactilares, usted tiene ciertos derechos con respecto a la recopilación y el uso de sus huellas dactilares y a la exactitud de la información obtenida de la investigación.

Se le informa que sus huellas dactilares se utilizarán para comprobar la Información de Antecedentes Penales (CHRI) de la Oficina Federal de Investigaciones (FBI). Se le proporciona la decaración de la Ley de Privacidad, que se muestra a continuación, antes de enviar sus huellas dactilares y la información personal asociada al FBI o de inscribirse en un programa continuo de evaluación e investigación. Se conservarán sus huellas dactilares, y los casos futuros de actividad delictiva se notificarán a la NCUA. El registro finalizará cuando termine su afiliación a la NCUA.

Los funcionarios de la NCUA que determinen su aptitud o idoneidad para el empleo o una decisión de seguridad nacional no tomarán medidas adversas en su contra, basándose total o parcialmente en la CHRI, sin antes darle la oportunidad de impugnar la información. Puede presentar una solicitud de impugnación directamente al FBI en https://www.edo.cjis.gov o por escrito a: FBI CJIS Division, Attention: Criminal History Analysis Team 1, 1000 Custer Hollow Road, Clarksburg, WV 26306.

Además, tendrá un tiempo razonable para abordar o completar el registro (o negarse a hacerlo) antes de que los funcionarios le nieguen su aptitud o adecuación para la seguridad nacional basándose en la información del registro penal. Esta demora puede afectar la capacidad de la NCUA de tomar una decisión sobre su elegibilidad y, por lo tanto, su capacidad para comenzar a trabajar podría demorarse.

Aviso de la Ley de Privacidad de Huellas Dactilares

AUTORIDAD: 12 U.S.C. 1751 y ss., Órdenes ejecutivas 10577, 10865, 12333, 12968, 13467, 13488, 13764; 5 U.S.C. §§ 3301, 3302, 7301 y 9101. La adquisición, conservación e intercambio de huellas dactilares e información asociada por parte del FBI está generalmente autorizada por el código 28 U.S.C. 534. Según la naturaleza de su solicitud, las autoridades adicionales incluyen leyes federales, estatales de conformidad con la Ley Pública 92-544, órdenes ejecutivas presidenciales y reglamentos federales. Proporcionar sus huellas dactilares e información asociada es voluntario; sin embargo, no hacerlo puede afectar la compleción o aprobación de su solicitud.

PROPÓSITO: Sus huellas dactilares y la información / los datos biométricos asociados se utilizarán como parte del programa de autorización de idoneidad y seguridad nacional de la NCUA, que incluye la evaluación previa al empleo y el inicio de investigaciones de antecedentes, adjudicaciones de idoneidad y seguridad, y determinaciones sobre el acceso lógico y físico a instalaciones y sistemas de información controlados por el gobierno federal.

Ciertas determinaciones, como el empleo, la licencia y las autorizaciones de seguridad, pueden basarse en verificaciones de antecedentes por huellas dactilares. Sus huellas dactilares y la información / los datos biométricos asociados pueden proporcionarse al FBI con el fin de compararlas con otras huellas dactilares del sistema de Identificación de Siguiente Generación (NGI) del FBI o sus sistemas sucesores (incluidos los repositorios de huellas dactilares civiles, penales y latentes) u otros registros disponibles de la agencia empleadora, investigadora o responsable. El FBI puede conservar sus huellas dactilares y la información / los datos biométricos asociados en el NGI después de completar esta solicitud y, mientras se conserven, sus huellas dactilares podrán seguir comparándose con otras huellas dactilares enviadas o conservadas por el NGI.

USOS RUTINARIOS: La información que proporcione puede compartirse con terceros ajenos a la NCUA según sea necesario para documentar el resultado de las determinaciones de adjudicación de idoneidad, aptitud o seguridad nacional. Su información de contacto se usa para fines de comunicación y autenticación. La información puede compartirse con funcionarios y empleados designados de agencias, oficinas y establecimientos del poder ejecutivo del gobierno federal cuando la NCUA investigue a una persona con el fin de otorgarle una autorización de seguridad o determinar sus calificaciones, idoneidad o lealtad al Gobierno de los EE. UU., o acceso a información clasificada o áreas restringidas. Otros usos rutinarios incluyen, entre otros, la divulgación a: agencias empleadoras, gubernamentales o no gubernamentales autorizadas responsables del empleo, la contratación, las licencias, las autorizaciones de seguridad y otras determinaciones de idoneidad; agencias policiales locales, estatales, tribales o federales; agencias de justicia penal; y agencias responsables de la seguridad nacional o pública.

Además, durante el procesamiento de esta solicitud y el tiempo que sus huellas dactilares y datos biométricos asociados se mantengan en NGI, su información se puede divulgar con su consentimiento y sin su consentimiento, según lo permitido por la Ley de Privacidad de 1974 y todos los usos rutinarios aplicables que se publiquen en cualquier momento en el Registro Federal, incluidos los usos rutinarios generales del FBI. Los usos rutinarios incluyen, entre otros, la divulgación a: agencias empleadoras gubernamentales o no gubernamentales autorizadas responsables del empleo, la contratación, las licencias, las autorizaciones de seguridad y otras decisiones de idoneidad; agencias de seguridad locales, estatales, tribales o federales; agencias de justicia penal, y agencias responsables de la seguridad nacional o pública.

CONSECUENCIAS DE NO PROPORCIONAR INFORMACIÓN: Si no proporciona esta información, es posible que NCUA no pueda completar los procesos de idoneidad o autorización para tomar una decisión final con respecto a su idoneidad para un empleo inicial o continuo.

SORN: NCUA-1, Sistema de Acceso del Personal y Seguridad (PASS), 84 FR 12748, OPM CENTRAL-9, Registros de Investigaciones del Personal, 81 FR 70191, y FBI-009, Sistema de Identificación de la Siguiente Generación (NGI), 84 FR 54182.

Formularios

Enlaces

Información de contacto

Si tiene preguntas sobre el Programa de Personal y Seguridad de la NCUA, envíe un email a PersonnelSecurity@NCUA.gov.

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