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Carta a la FCC sobre la petición de terceros para llamadas automatizadas

19 de mayo de 2020

ENVIADO POR EMAIL

El honorable  Ajit Pai
Presidente de la mesa directiva
Comisión Federal de Comunicaciones
445 12th Street SW
Washington, DC 20554

Estimado presidente Pai:

Le escribo con respecto a una petición ("Petición") presentada ante la Comisión Federal de Comunicaciones el 30 de marzo de 2020. La Petición busca la decisión de la Comisión que, dada la situación debido a la pandemia por la COVID-19, ciertas llamadas automáticas se incluyan dentro de la Excepción de Fines de Emergencia de la Ley de Protección al Consumidor Telefónico (TCPA). Los tipos de llamadas automáticas que las asociaciones desean que la Comisión considere permitidas incluyen tres categorías amplias: opciones para modificaciones de préstamos, cambios en la forma en que los consumidores acceden a los servicios de su institución y advertencias sobre posibles fraudes. También entiendo que la Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB) se ha puesto en contacto con usted sobre este tema.

La NCUA ha apoyado y alentado a las cooperativas de ahorro y crédito con seguro federal en sus esfuerzos por proporcionar a sus socios un alivio prudente de la deuda y ayudarlos a comprender la gama de posibilidades de alivio.1 Los consumidores pueden beneficiarse de información adicional sobre los diversos programas y opciones de alivio de préstamos disponibles para ellos. Las llamadas automáticas que brindan información sobre aplazamientos de pago, exenciones de cargos, extensiones de plazo de préstamos, otras modificaciones de préstamos y tolerancia podrían ayudar a los consumidores en este difícil momento.

La Petición señaló que el tipo de llamadas automáticas para las cuales las instituciones financieras solicitan permiso no incluiría llamadas relacionadas con publicidad, telemercadeo o solicitud de pago de una deuda. Las instituciones financieras deben permanecer sujetas a las restricciones actuales de la TCPA sobre llamadas automáticas de publicidad y llamadas para el cobro de deudas. Por último, observo que las cooperativas de ahorro y crédito con seguro federal, como otras instituciones financieras, siguen sujetas a todas las demás leyes de protección al consumidor que se aplican a cualquier préstamo que sea objeto de llamadas automáticas.

Gracias por considerar este asunto.

Si tiene alguna pregunta o desea obtener más información sobre la perspectiva de la NCUA, por favor, llámeme o solicite a su personal que se comunique con Gisele Roget, subdirectora administrativa y directora, Oficina de Asuntos Exteriores y Comunicaciones, al 703.518.6330 o a  GRoget@NCUA.gov.

Atentamente,

/s/

Rodney E. Hood
Presidente de la mesa directiva


Acotaciones


1 Por ej., Carta para cooperativas de ahorro y crédito 20-CU-13, "Trabajando con los prestatarios afectados por la pandemia de la COVID-19" (abril 2020).

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