El Ombudsman asiste en la resolución de problemas al ayudar al solicitante a definir las opciones y recomendar las acciones a las partes involucradas, pero no puede decidir en ningún caso sobre los temas que se discuten ni defender la postura del solicitante, la NCUA u otra de las partes. El ombudsman no se ocupa de ningún tema:
- sujeto a revisión formal según se establecen las regulaciones o las declaraciones de política sobre resoluciones interpretativas (IRPS) de la NCUA;
- que suponga una acción legal donde se haya presentado aviso de cargos;
- en litigio;
- que suponga una sindicatura o liquidación; o
- que pertenezca a la jurisdicción del inspector general.
Toda la información y los materiales obtenidos como resultado de una entrevista al demandante y cualquier dato confidencial recopilado durante una investigación se usarán únicamente con fines de investigación y no se revelarán fuera de la oficina del ombudsman. El ombudsman hará recomendaciones a los funcionarios de la agencia apropiada para que hagan cambios sistémicos para tratar problemas recurrentes revelados mediante las investigaciones. El ombudsman presenta los informes a la mesa directiva de la NCUA y es independiente de los programas operativos.
Joy Lee es el Ombudsman de la NCUA.
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TELÉFONO: 703.518.1175
FAX: 703.518.1757
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