El propósito de esta política es proporcionar requisitos y pautas específicas para las inversiones del Fondo Nacional de Seguro de Depósitos de Cooperativas de Ahorro y Crédito (Fondo de Seguro de Depósitos). La política se detalla en las siguientes secciones:
- Autoridad estatutaria
- Objetivos
- Composición y responsabilidades del Comité de Inversiones
- Inversiones autorizadas
- Requisitos de informes
- Controles internos
I. Autoridad estatutaria
La autoridad de inversión de la mesa directiva de la NCUA para el fondo de seguro de depósitos se deriva del Título II, sección 203 de la Ley de Cooperativas Federales de Ahorro y Crédito [Código 12 de los Estados Unidos (U.S.C.) 1783 (c)]. Esta sección establece: "La mesa directiva podrá autorizar al Secretario del Tesoro a invertir y reinvertir aquellas porciones del fondo que la mesa directiva determine que no son necesarias para las operaciones actuales en cualesquiera valores de los Estados Unidos que devenguen intereses, o en cualesquiera valores garantizados por los Estados Unidos tanto en cuanto al principal como a los intereses, o en bonos u otras obligaciones que constituyan inversiones legales para fondos fiduciarios, en fideicomiso y públicos de los Estados Unidos; y los ingresos derivados de dichas inversiones constituirán parte del fondo.".
II. Objetivos
Los objetivos principales para invertir los fondos del fondo de seguro de depósitos, en orden de prioridad, son los siguientes:
- Satisfacer las necesidades de liquidez derivadas de las operaciones actuales del fondo de seguro de depósitos mediante un enfoque de "compra y retención".
- Invertir el exceso de efectivo en inversiones autorizadas para optimizar el rendimiento de la cartera a largo plazo en función de las necesidades de liquidez del fondo.
III. Composición y responsabilidades del Comité de Inversiones
El Comité de Inversión está compuesto por los siguientes cargos (o cargos sucesores equivalentes):
- Director de la Oficina de Exámenes y Seguros (presidente del comité);
- Director financiero;
- Economista jefe;
- Asesor general; y
- Presidente, Planta central de liquidez
El Comité de Inversiones utilizará personal de la NCUA y de la Planta Central de Liquidez o expertos externos para proporcionar asesoría, según sea necesario.
El Comité de Inversiones se reunirá al menos trimestralmente para revisar las proyecciones de flujo de caja, analizar las fluctuaciones de los tipos de interés y los pronósticos económicos, modificar la estrategia de inversión y tomar otras decisiones según sea necesario. Debe haber quórum (no menos de tres miembros) del Comité de Inversiones en todas las reuniones; sin embargo, todos los miembros se esforzarán por estar presentes en cada reunión. En caso de que un miembro del Comité de Inversiones no pueda estar presente y la reunión no pueda reprogramarse, la persona que actúe como miembro ausente podrá asistir a la reunión y votar. Todas las decisiones requerirán una mayoría de los miembros con derecho a voto presentes.
El Comité de Inversiones es responsable de desarrollar la estrategia necesaria para implementar los objetivos establecidos por la mesa directiva de la NCUA de acuerdo con las limitaciones y condiciones de esta política. Se delega al Comité de Inversiones la autoridad de comprar y vender inversiones autorizadas de acuerdo con las limitaciones y condiciones de esta política (consulte delegación de la mesa directiva de la autoridad de la NCUA INS 5).
Las responsabilidades específicas de los socios del comité son las siguientes:
| Individuo | Responsabilidad |
|---|---|
| Directora de la Oficina de Análisis y Seguro | Actuar como preside el comité y fijar la agenda de la reunión. Establecer y mantener procedimientos escritos para la gestión de la cartera de inversiones del fondo de seguro de depósitos en consulta con el comité. Controlar las tasas de interés y las condiciones económicas. Supervisar el desempeño de las cooperativas de ahorro y crédito en lo que respecta a las posibles necesidades de financiamiento para la asistencia 208 y los costos de resolución. Evaluar y recomendar cambios en la estrategia de inversión del fondo de seguro de depósitos. Proporcionar información especializada de inversión y gestión de carteras. |
| Director financiero | Supervisar el estado del mercado de tesorería. Mantener las actas de reuniones. Revisar la precisión de los informes de flujo de caja y desarrollar proyecciones de flujo de efectivo. Desarrollar proyecciones anuales de los cambios mensuales en el saldo final de la cuenta del fondo de seguro de depósitos. Instruir al Departamento del Tesoro sobre las transacciones de inversión. Preparar un informe mensual del fondo de seguro de depósitos que contenga datos sobre el rendimiento de las inversiones. |
| Economista principal | Controlar las tasas de interés y las condiciones económicas. Evaluar cuestiones de política fiscal y monetaria. Proporcionar información económica especializada. |
| Asesor general | Proporcionar asesoría legal en asuntos relacionados con el trabajo del Comité de Inversiones, según sea necesario. |
| Presidente, Planta central de liquidez | Controlar las tasas de interés y las condiciones económicas. Proporcionar información sobre la membresía de la Planta Central de Liquidez, la autoridad de endeudamiento y la gestión de inversiones y de carteras. |
IV. Inversiones autorizadas
Por ley, el fondo de seguro de depósitos puede invertir el efectivo disponible que se determine que no es necesario para las operaciones actuales únicamente en valores que devengan intereses de los Estados Unidos, en cualquier valor garantizado tanto en capital como en intereses por los Estados Unidos, o en bonos u otras obligaciones que sean inversiones legales para fondos fiduciarios, en fideicomiso y públicos de los Estados Unidos [12 U.S.C. 1783 (c)].
El Comité de Inversiones está autorizado a comprar cualquier valor vendido a través del Tesoro de los EE. UU., siempre que se ajusten a la estrategia de inversión del comité y a las siguientes restricciones:
- Vencimiento máximo de 10 años.
- No más del 50% (valor nominal) del fondo de seguro de depósitos puede tener vencimientos superiores a 5 años.
La sección 4335.95 del Manual Financiero del Departamento del Tesoro establece que "La Agencia Federal de Programas para una Cuenta de Inversión Gubernamental desarrollará, en la medida de sus posibilidades, su estrategia de inversión para seleccionar inversiones con fechas de vencimiento que coincidan aproximadamente con las estimaciones de desembolso de la Agencia Federal de Programas, de modo que las inversiones se puedan comprar y conservarse hasta las fechas de vencimiento". La política también establece: "Una Agencia Federal de Programas para una Cuenta de Inversión Gubernamental no realizará prácticas de inversión, incluidas, entre otras, la negociación intradía de valores y la gran reestructuración de carteras de inversión, para aprovechar las fluctuaciones de la Ttasa de interés a corto plazo o generar ganancias y pérdidas".
Por lo tanto, el Comité de Inversiones empleará una estrategia de inversión que contemple las necesidades de liquidez esperadas y probables, los costos operativos y los costos históricos o proyectados de asistencia financiera y resolución de las cooperativas de ahorro y crédito problemáticas o en quiebra sin necesidad de vender valores ni recurrir a préstamos. Además, aunque los valores pueden venderse para cubrir necesidades de liquidez en circunstancias apremiantes, no se venderán para aprovechar las fluctuaciones anticipadas de los tipos de interés.
V. Requisitos de notificación
Es necesaria la revisión del desempeño de la cartera de inversiones para evaluar la eficacia de la estrategia para cumplir los objetivos y políticas establecidos por la mesa directiva de la NCUA.
El director financiero del Comité de Inversiones y la mesa directiva de la NCUA prepararán los informes mensuales. Estos informes incluirán, como mínimo, la siguiente información de inversión:
- Valor contable frente a valor de mercado;
- Rendimiento de los valores;
- Información comparativa de rendimiento;
- Cronograma de vencimientos; y
- Lista de nuevas inversiones.
La información resumida sobre el rendimiento de las inversiones se incluirá en la Descripción general y rendimiento financieros del Fondo Nacional de Seguro de Depósitos de Cooperativas de Ahorro y Crédito, que se pondrá a disposición del público.
VI. Controles internos
Se mantendrá un sistema de controles internos para promover la eficiencia y salvaguardar los activos del fondo de seguro de depósitos. Se mantendrá una separación de funciones entre la autorización de inversión y la función de registro.